BASES PROMOCIONALES de la promoción CRISTALBOX GT (conducción DE MONOPLAZAS)
1. Objeto
Cristalbox, S.L. (en adelante CRISTALBOX o el organizador), con CIF nº B-31.891.690 y con domicilio social en Pamplona, Navarra, Avenida Zaragoza número 34, organiza una promoción denominada CRISTALBOX GT (en adelante, la PROMOCIÓN) con la finalidad de dar a conocer la marca CRISTALBOX, y promocionar sus servicios y las redes sociales de Facebook y Twitter de la misma.
2. Ámbito temporal y territorial
La PROMOCIÓN tendrá lugar entre el 1 de Junio y el 31 de agosto de 2011, ambos inclusive, y abarcará todo el territorio español.
3. Legitimación para participar
3.1. Podrán participar en la PROMOCIÓN todas aquellas personas físicas mayores de 18 años residentes en territorio español que hayan seguido correctamente el procedimiento establecido para participar en las presentes bases.
3.2. No podrá participar en la promoción el personal empleado de CRISTALBOX, las empresas y talleres de su red ni los empleados de las mismas o de cualquier otra empresa que, en su caso, intervenga en la gestión de la promoción, así como sus familiares directos hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad.
3.3. Es necesario registrarse correctamente para poder participar. Es importante que los datos aportados sean correctos y estén actualizados pues son los que se utilizarán para comunicarse con los ganadores. A este respecto, CRISTALBOX informa que no realiza comprobaciones sobre la veracidad de los datos, por lo que se atendrá, en cada caso, a los datos introducidos por el usuario, sean veraces o no, con las consecuencias que de ello pudieran derivarse.
3.4. En el supuesto de que resultara ganadora una persona que no estuviera legitimada para participar, se estará a lo dispuesto en la cláusula 7.2. de las presentes bases.
4. Gratuidad.
La participación en la PROMOCIÓN es gratuita.
5. Premio.
5.1. El premio al que optarán los participantes consiste en un total de 30 plazas para el curso Cristalbox de conducción de monoplazas y turismos GT que se celebrará el 7 de octubre de 2011 y será impartido por la escuela de conducción Drivex en el circuito del Jarama, valorado todo ello en 616,67€ (PVP sin IVA). Las plazas se sortearán con una periodicidad mensual de 10 plazas por cada mes de la promoción.
5.2. El premio no será transferible a ninguna otra persona diferente al ganador, ni canjeables por ningún otro premio o metálico. El premio no se podrá sustituir por otro a petición del ganador, sin perjuicio de que el organizador pueda sustituirlo por otro de similares características si mediaran causas que así lo justifiquen. Los participantes en la promoción solo podrán optar a 1 plaza por cada persona física de las 30 plazas que se sortean. Por lo tanto, si un participante resultara ganador en uno de los sorteos mensuales, quedará excluido de los posteriores sorteos, al haber sido designado como ganador de un premio.
6. Mecánica de la promoción
6.1. Los participantes deberán hacerse fans de los perfiles de las redes sociales de CRISTALBOX en Facebook y/o Twitter, y registrarse correctamente en www.cristalboxgt.es.
6.2. Cada participante deberá inscribirse en www.cristalboxgt.es y aportar los datos requeridos en el cuestionario de dicha web. Los inscritos corresponderán a personas físicas y por lo tanto cada perfil inscrito corresponderá a una persona física que será la elegida para disfrutar del premio, no aceptándose la inscripción de más de un perfil en cada red social.
6.3. CRISTALBOX se reserva el derecho a aceptar o rechazar perfiles o comentarios según se adecuen o no a las presentes bases. En ningún caso se aceptarán perfiles o comentarios que vulneren la Ley, las buenas costumbres o alteren el orden público, pornográficas, xenófobas, racistas o que inciten a la violencia, ni aquellas que, a juicio del organizador pudieran atentar contra la dignidad de las personas, o al buen nombre e imagen de CRISTALBOX o cualquiera de sus marcas o productos, o que puedan resultar hirientes, ofensivos o no aptos para todos los públicos. Como consecuencia de lo anterior, CRISTALBOX se reserva el derecho a retirar en cualquier momento, y sin necesidad de motivación alguna, el perfil o comentario que considere que vulnere, directa o indirectamente, lo dispuesto en el párrafo anterior o respecto al cual tuviera sospecha o fundamento de que así lo hiciera.
6.4. Cierre de los participantes mensuales y celebración de los sorteos. El sorteo mensual se realizará el primer día hábil después del día 15 del mes siguiente al cierre de los participantes: en concreto los días 15 de julio para todos los que estén inscritos hasta el 30 de junio, el 16 de agosto, para todos los que estén inscritos hasta el 31 de julio y el 15 de septiembre, para todos los que estén inscritos hasta el 31 de agosto. El cierre de los participantes se realizará el último día del mes correspondiente. A cada participante se le asignará un número. El sorteo se realizará una vez al mes ante notario mediante la elección de un total de 10 números al azar por parte del notario entre todos los inscritos en la promoción como ganadores y 10 números al azar como reservas.
6.5. Descripción del premio. CRISTALBOX anunciará en la web www.cristalboxgt.es el contenido exacto del premio, que consistirá en una plaza para un curso de conducción, a título enunciativo pero no limitativo, compuesto por clase teórica, pruebas en paddock, dos tandas de 4 vueltas al circuito en un vehículo turismo con un monitor, dos vueltas al circuito en un coche de clase alta Porsche 911 y Ferrari F430 con un monitor, dos vueltas con cada vehículo, y tres vueltas al circuito pilotando un monoplaza de la escuela DRIVEX siguiendo un vehículo guía.
7. Entrega de premios
7.1. A efectos de la aceptación y entrega del premio, el organizador se pondrá en contacto con los ganadores durante los siguientes 5 días hábiles a la celebración del sorteo, quien les informará con detalle del procedimiento de entrega del premio. A su vez, los ganadores deberán confirmar la aceptación del premio mediante correo electrónico remitido a info@cristalbox.es antes de los cinco últimos días del mes del sorteo.
7.2. Si no se hubiera podido contactar con el ganador o éste hubiera renunciado al premio adjudicado, no se hubiera remitido la comunicación o no se hubiera cumplido con los requisitos establecidos en las presentes bases y con las instrucciones del organizador para la entrega y disfrute del premio, éste premio podrá declararse desierto y quedará en manos de CRISTALBOX. No obstante, en aras a evitar que eso suceda, CRISTALBOX se reserva el derecho a adjudicar el premio a uno de los premiados como reservas.
7.3. Los ganadores podrán asistir al curso que se celebrará el día 7 de octubre de 2011, siendo requisito indispensable que haya confirmado correctamente con un mínimo de 72 horas de antelación a la celebración del curso su asistencia y su DNI para que el seguro de accidentes, imprescindible para la realización del curso, haya sido tramitado. Si el ganador no hubiera realizado el citado curso de la escuela DRIVEX por falta de disponibilidad, asistencia, enfermedad u otras causas ajenas a CRISTALBOX, perderá el derecho al premio sin posibilidad de reclamación al organizador ni a la escuela.
7.4. A todos los efectos se considera condición indispensable para la redención del premio que el ganador reúna las condiciones de salud física y mental necesarias para recibir el curso de conducción, así como el obligado cumplimiento de las normas y condiciones de seguridad que establezca la escuela DRIVEX. DRIVEX y CRISTALBOX se reservan el derecho a impedir la realización del curso a cualquier ganador que antes o durante la realización del curso no reúna las condiciones físicas o mentales requeridas, o muestre actitudes o comportamientos que a juicio del personal de la escuela pueda suponer un riesgo para el resto de participantes, el personal de la escuela o para sí mismo.
7.5. Los desplazamientos y cualquier otro coste que necesite el ganador para la realización del curso de conducción de la escuela DRIVEX correrán a su costa, no pudiendo ser reclamados a CRISTALBOX ni a la escuela DRIVEX.
8. Responsabilidades
8.1. CRISTALBOX tampoco tendrá ningún tipo de responsabilidad, si por cualquier circunstancia técnica o de cualquier tipo, el disfrute del premio tiene que posponerse o no puede realizarse en el término señalado en estas bases.
8.2. CRISTALBOX no asumirá ninguna responsabilidad derivada de un funcionamiento inadecuado o irregular de las redes de comunicación electrónicas que impidan el normal desarrollo de la PROMOCIÓN y que tenga su origen en causas ajenas a CRISTALBOX, cualquiera que sea.
8.3. CRISTALBOX tampoco será responsable de los problemas de transmisión o pérdida de datos no imputables a ésta.
8.4. Cualquier utilización abusiva o fraudulenta de estas Bases dará lugar a la consiguiente descalificación del participante en la PROMOCION. Si dicho uso indebido de la aplicación (con o sin intención fraudulenta) provocara el mal funcionamiento de la misma, CRISTALBOX quedará exonerada de toda responsabilidad, pudiendo anular la PROMOCIÓN. Se entenderá, a título enunciativo pero no limitativo, que se produce abuso o fraude, cuando un participante utilice una identidad falsa o identidades de terceros sin su consentimiento.
8.5. CRISTALBOX queda exonerada de cualquier responsabilidad en el supuesto de existir algún error en los datos facilitados por los participantes que impidiera su identificación o la entrega de los premios.
8.6. CRISTALBOX no se responsabilizará de las posibles pérdidas, deterioros, robos, retrasos o cualquier otra circunstancia imputable a terceros o a Internet, que pueda afectar al desarrollo de la presente PROMOCIÓN. En ningún caso CRISTALBOX será responsable de los servicios que cualquier otra entidad con la que ésta colabore, preste a los ganadores como consecuencia de la entrega de los mismos.
8.7. CRISTALBOX se reserva el derecho a efectuar, en cualquier momento, cambios que redunden en el buen fin de la PROMOCIÓN, tales como, a título enunciativo pero no limitativo, ampliación del periodo promocional, inclusión de nuevos premios o modificación de las condiciones de registro. Dichas modificaciones serán comunicadas en www.cristalboxgt.es o en la página del evento.
9. Derechos de imagen y propiedad intelectual.
9.1. Los participantes (i) manifiestan que son titulares o están autorizados para el uso de los derechos de su imagen y de propiedad intelectual necesarios para que puedan ser grabados y las imágenes correspondientes puedan ser reproducidas o colgadas, y en general, para participar en la PROMOCIÓN en los términos descritos en estas Bases y (ii) autorizan a CRISTALBOX a reproducir, utilizar y difundir su imagen y su propio nombre, apellidos, e imagen en cualquier actividad publicitaria y/o promocional que esté relacionada con esta PROMOCIÓN, todo ello en cualquier medio (incluyendo con carácter enunciativo, no limitativo, Internet e Internet para telefonía móvil) sin que dichas actividades les confieran derecho de remuneración o beneficio alguno con excepción hecha de la entrega del premio conforme a estas Bases. CRISTALBOX no se responsabiliza de los derechos de terceros que puedan aparecer asociados a las imágenes en las que aparezcan los ganadores.
9.2. Asimismo, todos los participantes ceden en exclusiva a CRISTALBOX, con toda la amplitud permitida en derecho, sin ningún límite material, geográfico o de cualquier otra clase (y, en particular, por el tiempo de duración legal de los derechos, y para todos los países del mundo), y en cualquier medio (incluyendo con carácter enunciativo, no limitativo, la explotación a través de Internet e Internet para telefonía móvil), la totalidad de los derechos de imagen que les correspondan sobre las imágenes publicadas.
9.3. Todos los usuarios, ceden asimismo a CRISTALBOX de la misma forma y con la misma extensión, el derecho de transformación mediante cualquier modificación en su forma de las imágenes obtenidas durante la celebración del evento, incluyendo la autorización para la creación de obras compuestas.
9.4. Los derechos cedidos antes indicados podrán ejercitarse sobre la totalidad o parte, sin ningún tipo de limitación más que las legalmente establecidas.
9.5. Los participantes autorizan expresamente a CRISTALBOX a fin de que ésta pueda ceder los referidos derechos a favor de las personas físicas y/o jurídicas que estime conveniente, quienes a su vez podrán explotarlos directamente o cederlos total o parcialmente a terceros, sin que ello genere derecho económico alguno para los mismos.
9.6. Las cesiones anteriores se entienden realizadas a título gratuito.
9.7. Los participantes manifiestan y garantizan que la cesión que tiene lugar como consecuencia de la participación en la PROMOCIÓN no infringe derechos de terceros, en particular, no infringen derechos de propiedad intelectual o industrial, derechos sobre la propia imagen, derechos sobre los datos personales, ni son contrarios a la ley ni a las buenas costumbres; y que mantendrán indemne a CRISTALBOX y cualquier tercero que actúe por encargo de ésta de cualesquiera reclamaciones de las que sea objeto por dicha causa.
10. Protección de datos.
10.1. Los datos de los participantes en la PROMOCIÓN y de los de los ganadores se tratarán conforme a las disposiciones de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre de Protección de Datos de carácter personal (en adelante “LOPD”) y del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal (en adelante “RDLOPD”).
10.2. Estos datos se integrarán en un fichero cuyo responsable es CRISTALBOX con la finalidad de gestionar el desarrollo de la PROMOCIÓN y la entrega de los premios objeto de la PROMOCION y (ii) con fines de publicidad o prospección comercial de sus productos, servicios y actividades, incluido el envío de comunicaciones comerciales por medios electrónicos.
10.3. Con la única finalidad de gestionar la entrega del premio correspondiente, CRISTALBOX informa a los ganadores que permitirá el acceso a sus datos personales a las entidades encargadas de la gestión y entrega del mismo.
10.4. CRISTALBOX establecerá las medidas de índole técnica y organizativa necesarias para garantizar la seguridad que deben reunir los ficheros automatizados, los centros de tratamiento, locales, equipos, sistemas, programas y personas que intervengan en el tratamiento automatizado de los datos de carácter personal en la forma legal y reglamentariamente prevista.
10.5. Los participantes podrán ejercitar en cualquier momento, los derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición previstos en la LOPD. A tal efecto, deberán dirigir una solicitud por escrito a la siguiente dirección: CRISTALBOX , S.L., Avenida de Zaragoza, 34 Entlo. E. 31500 Tudela (Navarra), acompañando fotocopia de su DNI o Pasaporte o documento válido que le identifique, e indicando la petición en que se concreta la solicitud, la dirección a efectos de notificaciones, la fecha y su firma, y los documentos acreditativos de la petición que formula, en su caso.
10.6. La correcta indicación de sus datos personales por parte de los ganadores tendrá carácter obligatorio para la gestión del premio. Cualquier comunicación falsa o errónea de datos personales dará derecho a los organizadores de la PROMOCIÓN a descalificar al ganador y/o disponer del correspondiente premio.
11. Fiscalidad
En la medida en que según la normativa fiscal vigente los premios obtenidos puedan estar sujetos a retención, el ganador deberá facilitar a CRISTALBOX todos los datos personales y fiscales que ésta le solicite, así como fotocopia del DNI, con el fin de que CRISTALBOX pueda llevar a cabo el ingreso de esta retención, cuando así proceda conforme a la legislación aplicable.
12. Aceptación de las Bases, Ley aplicable y arbitraje.
La participación en la PROMOCION implica la total aceptación de las presentes Bases, las cuales se regirán e interpretarán conforme a la legislación española. El incumplimiento de cualquiera de estas bases por parte del participante, determinará su inmediata descalificación. Todo litigio, discrepancia, cuestión o reclamación resultantes de la ejecución de estas Bases será resuelta mediante arbitraje de derecho, aceptando el procedimiento establecido en el Reglamento de la Asociación Europea de Arbitraje (AEADE), al que se someterán y por el que se regirá el arbitraje, el cual se encuentra a disposición de los participantes en la página web http://www.aeade.org